
“A raíz de la decisión del STJ ya conocida, el imputado presentó un Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema. El procedimiento es que tenemos que resolver sobre ese recurso; y acá se le denegó ese recurso entonces únicamente le queda al imputado la posibilidad de ir en queja ante la Corte Suprema, y si ella estima conveniente o procedente la queja entonces ahí recién pide el expediente principal”, explicó el doctor Carlos Rubín.
“En este caso ocurrió a la inversa: recibimos un oficio del Secretario del Alto Tribunal donde solicita la remisión del expediente principal, sin mención de la aceptación o no de la queja. En ese caso nosotros solicitamos al juzgado que lleva la causa en que situación está. Nos informó que estaba en pleno trámite. Ante esa circunstancia y a los efectos de facilitar el conocimiento de la Corte se extrajo fotocopia certificada de la parte pertinente y se le remitió", precisó.
Sobre si el procedimiento es común, Rubín dijo que “ya han habido casos así; no digo que sea habitual pero no es el primero. En realidad la Corte todavía no resolvió si aceptaba o no la queja”.
Nueva conformación del Juri de Enjuiciamiento
"Yo no tengo nada que ver con el Jury de Enjuiciamiento, ni tampoco tiene que ver el STJ. Según la Constitución, el Jury es un organismo totalmente aparte e independiente que tiene incluso un presupuesto propio así que no puedo opinar”, dijo.
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